En el Gobierno de la Ciudad de México tienen plena certeza de que la reforma que impide las corridas de toros violentas la han fundamentado de manera tan sólida jurídicamente hablando, que supuestamente está blindada contra cualquier amparo.
Esta modificación legal no la construyeron quienes la presentaron como iniciativa ciudadana preferente, porque esa pedía la prohibición absoluta de las corridas de toros. Fue modificada por los legisladores, quienes contaron con absoluta asesoría de la Consejería Jurídica del Gobierno de la Ciudad de México, encabezada por Eréndira Cruzvillegas Fuentes, una jurista reconocida por su “rigor profesional”.
La reforma que ahora establece las corridas de toros sin violencia fue promulgada este martes por la jefa de Gobierno, Clara Brugada. Entra en vigor este miércoles, pero deja en el limbo al espectáculo pues mientras no se emita el nuevo Reglamento relativo a las corridas de toros incruentas no podrá realizarse en teoría ninguna corrida en la capital, en que además de la Monumental Plaza de Toros México hay más, como la de Arroyo en Tlalpan.
Al entrar en vigor la reforma ya no es posible realizar corridas de toros tradicionales, pero no se pueden realizar las nuevas, sin violencia, porque sin reglamento las autoridades de una Alcaldía no pueden conceder permiso para que se celebren.
Desde este miércoles, el Ejecutivo cuenta con 210 días para elaborar el nuevo Reglamento. Es decir, siete meses que concluyen a finales de octubre, unos días antes de que empiece la nueva temporada en la “Monumental”.
El gobierno de Brugada quiere tener listo el Reglamento antes, pero depende de otros factores: para elaborarlo han convocado a legisladores, activistas, empresarios, trabajadores del ramo y más expertos en la materia. Quieren que se logre el mayor consenso posible.
También en este lapso el Congreso de la Ciudad de México debe armonizar otros ordenamientos: la Ley de Verificación Administrativa y la de Justicia Cívica. Hay más normas que le aplican: el Código Penal en cuanto a sanción por maltrato animal, o lo establecido por la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT).
Para esta reforma, supuestamente en el Gobierno de la CDMX hicieron una amplia investigación, para lo cual no habría sido suficiente el tiempo entre el jueves 13 que Brugada hizo pública su propuesta y el martes 18 que se aprobó. Dicen que fue un trabajo de más tiempo, porque incluso consultaron a expertos (sic) para que les dijeran en cuánto tiempo empezaba el estrés para un toro ya en el ruedo, y determinaron que a los 30 minutos (doble sic). Por eso es que podrán lidiarlo por solo 15 minutos en el nuevo reglamento (triple sic).
También deben pensar en qué se hará con el toro después de la corrida, pues no se permite que lo maten, o al menos no en público. Finalmente estos astados cubren el requisito legal para terminar en el rastro como cualquier res, que debe tener cuando menos 12 meses de edad. Los toros de lidia, cuando los llevan al ruedo, tienen entre cuatro y seis años. O sea, después de la corrida van a terminar como alimento de seres humanos aunque no les guste a los animalistas. La diferencia es el precio: una res de 450 kilos actualmente se dice que la venden en unos 45 mil pesos (100 por kilo), y por un toro de lidia pagan cuando mucho 20 pesos por kilo en el rastro, o sea, unos 10 mil pesos.
Las corridas con sangre ya están prohibidas, pero las corridas sin violencia aún no las reglamentan. La tauromaquia está en el limbo, al menos de aquí a noviembre. Lo veremos.
Por Alejandro Lelo de Larrea – Publicado en El Independiente.




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