La resolución marca un precedente relevante para otros municipios del país que han intentado imponer prohibiciones generales a las corridas de toros aún cuando la ley estatal los permite.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición absoluta de espectáculos con animales impuesta por el Ayuntamiento de Tepic, al considerar que el Reglamento de Bienestar Animal municipal contradecía la legislación estatal vigente y vulneraba la jerarquía normativa.
Por mayoría de votos, el Pleno determinó invalidar diversos artículos del reglamento local al estimar que excedían las facultades del municipio frente a lo dispuesto por la ley estatal en Nayarit.
Con esta resolución, en Tepic podrán realizarse nuevamente actividades como la tauromaquia y las peleas de gallos, siempre y cuando se desarrollen bajo las condiciones, controles y permisos previstos en la legislación estatal.
Durante la sesión, las y los ministros subrayaron que el reglamento municipal era incompatible con la Ley de Protección a la Fauna del Estado de Nayarit, la cual sí contempla estas actividades de manera regulada y sujetas a autorización previa por parte de las autoridades competentes.
En ese sentido, la Corte fue clara: un reglamento de carácter municipal no puede imponer restricciones más severas que las establecidas en una ley de ámbito estatal.
De esta manera, la ministra Lenia Batres Guadarrama quedó en clara minoría y su postura fue derrotada en el Pleno, luego de haber adelantado públicamente su voto en contra de invalidar la prohibición.

Batres Guadarrama argumentó que la Constitución prohíbe el maltrato animal y obliga al Estado mexicano a garantizar la protección y conservación de los animales; sin embargo, la mayoría de las y los ministros concluyó que ese mandato constitucional no faculta a los ayuntamientos para ir más allá de lo que establece la legislación estatal.
La resolución marca un precedente relevante para otros municipios del país que han intentado imponer prohibiciones generales por la vía reglamentaria.
Afortunadamente en Tepic, la Corte no avaló la postura de unos ‘comunistas’ intransigentes como es el caso de la ‘Ministra Espuria’ Lenia Batres, sino la legalidad: la fiesta y los espectáculos tradicionales regresan.
La batalla, una vez más, no fue cultural, fue jurídica y la ganaron los taurinos y galleros.




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