La nueva Ley de Bienestar Animal no prohíbe los toros: ¿qué cambia para la Tauromaquia?

De Sol y Sombra.

La aprobación de la nueva Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales deja un punto especialmente relevante para la tauromaquia: no establece una prohibición nacional de las corridas de toros y mantiene su regulación en el ámbito de las entidades federativas. 

Explicado de manera sencilla: cada estado conserva un papel central para determinar qué ocurre con la tauromaquia dentro de su territorio, conforme al nuevo marco general.

¿Significa esto que desaparecen los amparos promovidos por organizaciones antitaurinas?

No. Los amparos federales pueden seguir presentándose contra leyes o actos de autoridades estatales. Sin embargo, un amparo no convierte automáticamente una demanda particular en una prohibición general para todo un estado.

Para el sector taurino, el dato relevante es que durante el proceso legislativo existieron propuestas que pretendían prohibir expresamente las corridas de toros en todo México; esa prohibición federal aparecía, por ejemplo, en iniciativas anteriores.  El esquema aprobado optó por distribuir competencias entre Federación, estados y municipios, en lugar de establecer aquella prohibición nacional. 

Esto no significa que la tauromaquia quede jurídicamente blindada. Seguirán existiendo litigios, iniciativas locales y posibles amparos. Pero la discusión adquiere ahora un componente eminentemente estatal.

En pocas palabras: los amparos no desaparecen, pero tampoco sustituyen automáticamente la decisión legislativa de cada estado. La batalla jurídica por la tauromaquia continúa, aunque ahora buena parte de ella se librará estado por estado.

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